Voto por Correo y Voto no Presencial [Elecciones Escolares]

ELECCIONES A CONSEJOS ESCOLARES 

VOTO POR CORREO y VOTO NO PRESENCIAL

 Estimadas familias: 

Al objeto de facilitar la participación de los padres y madres en el proceso de elección a los miembros del Consejo Escolar del centro, la junta Electoral ha acordado establecer el voto por correo con arreglo a las siguientes normas establecidas en la RESOLUCIÓN de 24 de septiembre de 2021 de la Delegación Territorial de Educación y Deporte de Sevilla. 

1.- Para garantizar el secreto del voto, la identidad de la persona votante y evitar posibles duplicidades se utilizará el sistema de doble sobre. El sobre exterior se dirigirá por correo certificado a la Mesa electoral de madres, padres y representantes legales del alumnado, o bien, se entregará durante los cinco días hábiles anteriores al de la votación a la persona titular de la Dirección del centro que lo custodiará hasta su entrega en dicha Mesa Electoral.  

El sobre exterior contendrá firma manuscrita y coincidente con la que aparece en el documento de Identificación que aporte, fotocopia del DNI o de otro documento acreditativo equivalente, y un segundo sobre en blanco y cerrado en cuyo interior se habrá incluido la papeleta de voto MARCANDO HASTA UN MÁXIMO DE 3 CANDIDATOS (modelo de papeleta aprobado por la Junta Electoral). 

2.- Los votos por correo, desde el momento que se depositen hasta el día 17 de noviembre, fecha de la votación, estarán custodiados por la Dirección del centro, quien los entregará a la Mesa Electoral para proceder a la apertura del sobre exterior y su introducción en la urna electoral.

3.- En el caso de que el sobre al que se refiere el párrafo anterior sea entregado a la persona titular de la Dirección del centro, esta expedirá un documento con un recibí como justificante de la entrega y elaborará una relación detallada con el nombre y apellidos de las personas votantes que será entregada a la Mesa electoral, junto con todos los sobres antes del escrutinio.

4.- La Mesa electoral comprobará, antes de depositar estas papeletas de voto en la urna, que las personas votantes que utilicen la modalidad de voto no presencial, están incluidas en el censo electoral. Tras esto, se procederá a su recuento junto con el resto de votos presenciales de la jornada del día 17 de noviembre. Los votos recibidos una vez finalizado el escrutinio no serán tenidos en cuenta. 

Para cualquier información o consulta, pueden dirigirse a la Presidencia de esta Junta Electoral.

PREGUNTAS FRECUENTES :

¿Cómo se garantiza el secreto del voto y la identificación del elector?

Con el sistema de doble sobre.
El sobre exterior se dirigirá a la “MESA ELECTORAL DE REPRESENTANTE DE PADRES Y MADRES” y contendrá la firma manuscrita y coincidente con la que aparece en el documento de identificación que aporte (Fotocopia de D.N.I., pasaporte o carné de conducir).
Un segundo sobre irá en blanco y cerrado y en su interior se incluye la papeleta del voto. Regulado por el Artículo 12.2. Voto no presencial de la Orden de 7 de octubre de 2010. (BOJA Nº 200, 13/10/2010).

¿Qué se entiende por voto no presencial?

El voto por correo y aquel que se entrega a la persona que ejerza la Dirección del Centro durante los cinco días anteriores al de la votación. Artículo 12.1. Voto no presencial de la Orden de 7 de octubre. (BOJA Nº 200, 13/10/2010).

¿Hasta cuando se admitirán los votos no presenciales?

Hasta antes de la finalización del escrutinio del día en que se realiza la votación.

¿Puede entregar el voto a la persona que ejerza la Dirección otra persona en lugar del elector o electora?

Sí, el propio alumno o alumna u otra persona en representación del elector o la electora y utilizando el sistema del doble sobre.

Puede encontrar toda la documentación AQUÍ

Entradas relacionadas