SOBRE LAS CUOTAS Y EL RÉGIMEN ECONÓMICO
Las aportaciones voluntarias que denominamos como CUOTAS GENERALES del Colegio, por su propio carácter, no se revisan anualmente de acuerdo con el incremento del I.P.C. del año y el Convenio Colectivo de Enseñanza. Aunque hay familias que, generosamente, tienen a bien aportar algo más.
Las aportaciones son declaradas a la agencia tributaria como donativos, de manera que aquellas personas que aporten contarán con los beneficios fiscales previstos en la ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, ley a la que se encuentra acogida la Fundación.
Toda aportación redundará íntegramente en la mejora de la calidad educativa y asistencial del centro, tarea iniciada desde hace años por las familias del centro desde sus inicios. Y pueden consultarse todas y cada una de las intervenciones realizadas con las aportaciones, las cuales, además, son presentadas anualmente al Consejo Escolar del centro.